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Se verificó que existía un alto índice de contribuyentes que mostraban su disconformidad para realizar el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular, cuando no solo habían sufrido el robo del vehículo cuya propiedad se encontraba afecta, si no que además cuando no contaban con un seguro contra robo y consideraban improbable su recuperación.
En ese sentido, se recomendó la elaboración de un dispositivo legal, en el marco del artículo 11 del Reglamento del Impuesto al Patrimonio Vehicular, a efectos que los contribuyentes propietarios de vehículos robados, con escasa probabilidad de recuperar el bien y que no cuenten con un seguro contra robos, puedan realizar el descargo correspondiente y evitar el pago del impuesto.
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