GUÍA DE USUARIO

Laptop con muestar de Agencia Virtual

Introducción

¿Qué es la Agencia Virtual SAT?

Laptop con muestar de Agencia Virtual

Es la plataforma web que te permite realizar operaciones y consultas de los servicios brindados por el SAT, desde cualquier dispositivo con acceso a internet.

La Agencia Virtual está disponible las 24 horas del día

¿Quiénes pueden acceder?

Para cualquier ciudadadno de Lima

Toda persona natural o jurídica que cuente con un domicilio ubicado en Lima Metropolitana y la provincia del Callao, los mismos que deberán identificarse a través de los siguientes tipos de documentos, según corresponda:

  • DNI
  • Carné de extranjería
  • Pasaporte
  • RUC

¿Cómo funciona?

Para hacer uso de la Agencia Virtual SAT, deberás completar el proceso de registro por única vez, luego podrás ingresar y realizar tus operaciones las veces que necesites y desde cualquier dispositivo con acceso a internet. Posteriormente, el SAT verificará la información registrada y te comunicará su conformidad u observaciones.

paso 1
Registro

Ingresa tus datos, confirma tu correo y obtén la solicitud de acceso.

paso 2
Solicitud

Si cuentas con DNI o RUC, procesaremos tu solicitud virtualmente. Si cuentas con otro documento, entrega la solicitud firmada en la oficina del SAT más cercana.

paso 3
Acceso

Inicia sesión desde el dispositivo de tu preferencia.

paso 4
Servicios

Revisa y actualiza tu información personal; registra declaraciones juradas, solicitudes, fraccionamientos de deuda, compromisos de pago y trámites de mesa de partes.

paso 5
Verificación

El SAT verificará la información declarada y te comunicará el resultado.

Obtener acceso

¿Cómo obtengo acceso a la Agencia Virtual SAT?

A través de la página web del SAT ingresa al enlace dónde deberás completar tu información en la solicitud de acceso, registrar tu contraseña y aceptar los términos y condiciones de uso.

A continuación, te enviaremos un correo electrónico con un enlace de descarga, donde deberás hacer clic para confirmar tu dirección de correo electrónico. Si cuentas con DNI, procederemos a validar tu identidad en un plazo de un (01) día hábil.

Si cuentas con otro documento de identidad, descarga tu solicitud y acércate a una agencia del SAT con los siguientes documentos:

  1. 02 copias de la solicitud de acceso, firmada por el titular o el representante, según corresponda.
  2. Documento de identidad (solo para exhibir).
  3. Si eres un representante legal, deberás presentar tu poder específico en documento público o privado con firma legalizada ante notario.
Visat de documento Solicitud

Registrar correo

icono

¿Por qué debo registrar un correo electrónico?

Queremos mantenerte siempre informado. Por ello, todas las comunicaciones o alertas sobre las operaciones realizadas en la Agencia Virtual SAT, serán enviadas al correo electrónico registrado como principal.

Es importante que el correo que registres esté actualizado y sea válido.

Iniciar sesión

¿Cómo inicio sesión en la Agencia Virtual SAT?

Una vez habilitada tu cuenta de usuario, te enviaremos un correo con un enlace que te dirigirá al inicio de sesión.

También en la página web del SAT, encontrarás el enlace de inicio de sesión en el cuál deberás ingresar los siguientes datos que servirán para validar tu identidad:

  • Tipo y número de documento de identidad de la persona natural o jurídica.
  • Tipo y número de documento de identidad del representante legal, de corresponder.
  • Contraseña.
imagen referencial

Servicios disponibles

¿Qué operaciones puedo realizar?

Ingresando a nuestra Agencia Virtual SAT, podrás mantener actualizada tu información personal a través del servicio Mi perfil, declarar tu patrimonio vehicular a través del servicio Inscripción vehicular, registrar solicitudes de Inscripción de predio, Liquidación de alcabala, Fraccionamiento de deuda, Mesa de partes, verificar actos administrativos notificaciones mediante el Buzón electrónico y revisar tus deudas pendientes y declaraciones juradas tributarias mediante Consulta .

Recuperar contraseña

¿Cómo recupero mi contraseña?

En caso olvides tu contraseña, deberás seleccionar la opción Olvidé mi contraseña en la pantalla de inicio. Inmediatamente se enviará al correo registrado un enlace, al cual podrás acceder para establecer la nueva contraseña.


Te recomendamos no realizar más de dos intentos fallidos, pues tu cuenta de usuario se bloqueará automáticamente.


Solicitud de acceso

Iniciar registro

Vista del login de solicitud de acceso.

¿Qué es la solicitud de acceso a la Agencia Virtual SAT?

Es el formato virtual, en el cual el ciudadano registra su información personal y brinda su aceptación sobre los términos y condiciones de uso, ello con la finalidad de solicitar que le habiliten acceso a la Agencia Virtual SAT.

Registrar solicitud

¿Qué datos debo completar en mi solicitud?

  1. Para iniciar el registro solicitaremos te identifiques ingresando tipo y número de documento de identidad de la persona natural o jurídica, según corresponda.
  2. Las personas naturales deberán ingresar fecha de nacimiento, nombres, apellidos, datos de contacto, la dirección del lugar donde reside y si el documento ingresado es DNI, deberán proporcionar adicionalmente información para la verificación de su identidad; de corresponder, deberá ingresar los datos del representante legal.
  3. En el caso de personas jurídicas, deberán registrar la razón social, la dirección del lugar donde realiza sus actividades, así como los datos personales y de contacto del representante legal.
  4. Finalmente, ingresar y confirmar la contraseña de acceso, la cual debe ser personal e intransferible.
Vista de solicitud de acceso segunda parte

Solicitud registrada

¿Por qué me aparece un mensaje indicando que ya tengo una solicitud registrada?

La Agencia Virtual SAT mostrará esta alerta cuando una solicitud vinculada a tu documento de identidad se encuentre en proceso. Sin embargo, te permitirá actualizar la información registrada previamente siempre y cuando aún no se haya procesado la habilitación de tu acceso en el SAT.

Vista de un mensaje de alerta

Crear contraseña

¿Qué características debe cumplir mi contraseña?

Debe tener una extensión no menor a 8 ni mayor a 12 caracteres.
Deberá contener al menos una minúscula, una mayúscula, un número y un caracter especial.

Términos y condiciones

¿Es necesario que acepte los términos y condiciones para culminar el registro de mi solicitud?

Sí, es necesario que quienes deseen obtener acceso a la Agencia Virtual SAT, revisen y acepten los términos y condiciones que regulan el uso de la misma; debido a que en ellos encontrarán información relevante respecto a los derechos y obligaciones de los usuarios en relación al uso de los servicios que ofrece la Agencia Virtual SAT.

Ver solicitud

¿Dónde puedo ver mi solicitud?

Una vez grabada la solicitud, enviaremos a tu correo electrónico un enlace a través del cual podrás visualizar tu solicitud. Recuerda que, si tu documento de identidad es distinto a DNI, deberás imprimir tu solicitud de acceso y posteriormente acercarte a una oficina del SAT para culminar tu inscripción.

En caso no hayas recibido el correo, puedes ingresar nuevamente al formulario de registro de solicitud de acceso, verificar que tu dirección de correo sea correcta y seleccionar el botón Reenviar Correo.

Representante legal

¿En qué casos debo registrar un representante legal?

  • Todas las personas jurídicas sin excepción deberán registrar un representante legal pues es la persona responsable ante la administración de actuar en nombre de la empresa.
  • En el caso de personas naturales el registro de un representante legal es opcional quedando a potestad de las mismas.
Vista de la opción registro de representante legal.

Apoderado

¿En qué casos debo registrar un apoderado?

Solicitaremos información de un apoderado cuando la persona que desea obtener acceso a la Agencia Virtual SAT sea un menor de edad.

Foto de una familia con un niño.




Perfil del ciudadano

Ver perfil

¿Dónde puedo visualizar y/o registrar mis datos personales?

Al acceder a la Agencia Virtual SAT, selecciona el servicio denominado Mi perfil , en el cual visualizarás un resumen de tu información principal y podrás actualizar los datos relacionados a domicilio, contacto, estado civil y representante legal, según corresponda a personas naturales o jurídicas.

Ir a mi perfil

Registrar información

¿Qué información personal puedo registrar y/o actualizar en la Agencia Virtual SAT?

Puedes actualizar tu domicilio fiscal para efectos tributarios y tus datos de contacto. Adicionalmente:

  • Las personas naturales pueden registrar y/o actualizar su estado civil, información del cónyuge, domicilio de la sociedad conyugal, entre otros.
  • Las personas jurídicas podrán registrar y/o actualizar información de representantes legales.
Vista de la opción perfil dentro de Agencia Virtual SAT.

Actualizar domicilio

En el servicio Mi perfil , ingresa a la pestaña Domicilio, donde tendrás la opción de modificar tu domicilio real. También podrás registrar y/o actualizar tu domicilio fiscal.

Vista de la opción domicilio dentro de Agencia Virtual SAT.

Domicilio real

¿Qué es el domicilio real?

Para personas naturales el domicilio real constituye el lugar donde residen; en caso de personas jurídicas, es el lugar donde realizan sus actividades.

Es el domicilio registrado al acceder por primera vez a la Agencia Virtual SAT, lo puedes ver en el servicio Mi perfil , ingresando a la pestaña Domicilio, ubica la sección Domicilio real. Si deseas ingresar un domicilio distinto, selecciona el botón Modificar.

Domicilio fiscal

¿Por qué debo registrar un domicilio fiscal?

Si deseas realizar operaciones en materia tributaria como inscribir tu vehículo, efectuar una liquidación de alcabala o un fraccionamiento tributario, debes declarar un domicilio fiscal. Puedes colocar el que figura en tu DNI o sustentarlo con un recibo de servicios.

Si cuentas con un domicilio fiscal registrado con anterioridad o deseas registrarlo, accede al servicio Mi perfil , ingresando a la pestaña Domicilio ubica la sección Domicilio fiscal.

En caso mantengas una deuda en proceso de cobranza coactiva o en proceso de fiscalización, te mostraremos una alerta informándote al respecto. En ese caso no podrás actualizar tu domicilio a través de la Agencia Virtual SAT.

Ubicar dirección

¿Es obligatorio que ubique mi dirección en el mapa?

No, este registro es opcional .

Sin embargo, señalar la dirección en el mapa utilizando el marcador, te permite confirmar que la dirección previamente ingresada es correcta.

Actualizar datos de contacto

¿Qué debo hacer si cambio de número telefónico y/o correo electrónico?

Tus datos de contacto son muy importantes para mantenernos comunicados. Por ello, en el servicio Mi perfil ingresa a la pestaña Contacto, en el cual podrás actualizar tu dirección de correo electrónico, número de teléfono móvil y fijo.

En caso modifiques tu correo electrónico principal, sólo será efectivo el cambio, cuando se haya validado la nueva dirección de correo.

Actualizar estado civil

¿Puedo actualizar mi estado civil a través de la Agencia Virtual SAT?

Sí, en el servicio Mi perfil , encontrarás la pestaña Estado civil en la cual podrás mantener actualizado tu estado civil.

De seleccionar “Casado”, deberás ingresar la información de tu cónyuge, así como el domicilio fiscal de la sociedad conyugal. Ten en cuenta que sólo el titular del registro podrá actualizar la información de la sociedad conyugal.

Vista de la opción estado civil dentro de Agencia Virtual SAT

Representante legal

¿Puedo registrar más de un representante legal a través de la Agencia Virtual SAT?

Sí, lo puedes realizar ingresando al servicio Mi perfil donde encontrarás la pestaña Representante Legal, en la cual podrás ver, crear y/o editar los representantes legales.

Es importante precisar que está pestaña sólo está disponible para usuarios de personas jurídicas.

Vista de la opción representante legal en la Agencia Virtual SAT.

Inscripción vehicular

Registrar vehículos

¿Dónde puedo visualizar y/o registrar mis declaraciones juradas vehiculares?

Al acceder a la Agencia Virtual SAT, selecciona el servicio denominado Inscripción vehicular, en el cual podrás registrar una nueva declaración jurada y visualizar el listado de tus declaraciones juradas registradas anteriormente en el SAT.

Ir a Inscripción Vehicular

Declaración vehicular

¿Qué vehículos puedo declarar?

Puedes presentar tu declaración jurada de impuesto al patrimonio vehicular hasta el último día hábil de febrero del año siguiente a la adquisición del vehículo, el cual deberá tener una antigüedad no mayor de tres (3) años computados a partir de la primera inscripción en el registro de propiedad vehicular SUNARP.

Descargar declaración

¿Si vendo o transfiero mi vehículo, puedo realizar el descargo a través de la Agencia Virtual SAT?

NO, a través de la Agencia Virtual SAT sólo podrás registrar declaraciones juradas de inscripción. Sin embargo, según establece el DL N°1246, en virtud de la declaración jurada del adquirente, sustentada con el documento que acredite la propiedad del vehículo, procederemos a realizar el descargo automático del anterior propietario como titular del bien transferido.

Información de sustento

¿Qué información me solicitarán para realizar el registro de mi declaración jurada vehicular?

Para que puedas completar los cinco pasos que comprende el registro de tu declaración jurada vehicular, solicitaremos los datos del vehículo que figuran en tu tarjeta de identificación vehicular y datos correspondientes a la adquisición o transferencia.

Por lo que es necesario que tengas a la mano:

  • Tarjeta de identificación vehicular.
  • Documento escaneado de forma legible que acredite la propiedad del vehículo: factura, boleta, acta de transferencia, entre otros.

Ten en cuenta que, si modificaste o registraste un nuevo domicilio fiscal, solicitaremos también un documento que sustente dicho domicilio.

Datos bloqueados

¿Por qué me muestran datos que no puedo modificar durante el registro de mi declaración jurada vehicular?

Ello se debe a que a fin de agilizar el registro, mostramos datos obtenidos de SUNARP mediante convenio; los cuales no podrán ser modificados por tratarse de una fuente certera de información.

Cierre de sesión

¿Si se desconecta la sesión, debo iniciar nuevamente el registro de mi declaración jurada vehicular?

Si no culminaste el registro de tu declaración jurada y se cierra tu sesión por inactividad, puedes ingresar al histórico de declaraciones, seleccionar la declaración jurada que se encuentre en proceso y completar el ingreso de información pendiente.

Documentos válidos

¿Qué documentos son válidos para sustentar la adquisición de mi vehículo?

A través de la Agencia Virtual SAT puedes sustentar la adquisición de tu vehículo con los siguientes documentos: boleta de venta, factura, acta de transferencia, acta de entrega, documento de adjudicación, acta notarial, resolución administrativa, escritura pública y/o ficha registral.

El documento deberá escanearse de forma legible en formato de documento portátil (PDF) o imagen (JPG o PNG).


El archivo no debe exceder los 2 MB de tamaño.

Imprimir declaración

¿Dónde puedo visualizar e imprimir mi declaración jurada vehicular?

Vista del botón Imprimir una Declaración Jurada Vehicular.

Una vez culminado el registro, al grabar tu declaración jurada vehicular, te enviaremos un correo electrónico adjuntando la declaración generada en formato de documento portátil (PDF), para que puedas revisarlo, imprimirlo y/o guardarlo.

También podrás visualizar tu declaración en tu bandeja de histórico de declaraciones, a través del botón imprimir.

Datos errados

¿Qué sucede si ingresé un dato errado en mi declaración jurada vehicular?

Si deseas, puedes actualizar la información siempre y cuando no hayamos iniciado el proceso de verificación, pues a partir de ese momento, no podrás editar ningún dato registrado a través de la Agencia Virtual SAT.

Verificación de información

¿En qué consiste la verificación que realiza el SAT?

Una vez culminado el registro de tu declaración jurada de impuesto al patrimonio vehicular, el SAT procederá a revisar la información que declaraste, así como los documentos de sustento adjuntos.


Te informaremos el resultado vía correo electrónico, por ello te recomendamos revisar periódicamente tu bandeja de correo.


Inscripción predial

Registro de predios

¿Dónde puedo solicitar el registro de una declaración jurada predial?

Al acceder a la Agencia Virtual SAT, selecciona el servicio denominado Inscripción predial, en el cual podrás ingresar un pedido para el registro de declaración jurada del impuesto predial.

Ir a Inscrpción Vehicular

Declaración predial

¿Qué predios puedo declarar?

Puedes presentar tu declaración jurada de impuesto predial hasta el último día hábil de febrero del año siguiente a la adquisición del predio.



Información de sustento

¿Qué información requerirán para ingresar el pedido de registro de declaración jurada predial?

Para atender tu pedido, solicitaremos los documentos que sustenten la adquisición o transferencia.

Por ello, es necesario que tengas a la mano:

  • Documento escaneado de forma legible que acredite la propiedad del predio: minuta, escritura pública, sucesión intestada, entre otros.
  • Puedes agregar opcionalmente documentos que contengan información complementaria del predio: certificado de numeración, ficha catastral, entre otros.
  • También puedes adicionar aclaraciones al documento de adquisición o transferencia: cláusula adicional, levantamiento de reserva de propiedad, entre otros.


Documentos válidos

¿Qué documentos son válidos para sustentar la adquisición de mi predio?

A través de la Agencia Virtual SAT puedes sustentar la adquisición de tu predio con los siguientes documentos: minuta, escritura pública, acta notarial, acta de entrega, auto judicial y resolución que la declara consentida, documento de adjudicación, resolución administrativa y/o ficha registral.

El documento deberá escanearse de forma legible en formato de documento portátil (PDF) o imagen (JPG o PNG).


El archivo no debe exceder los 5 MB de tamaño.


Verificación de información

¿En qué consiste la verificación que realiza el SAT?

Una vez culminado el registro de tu pedido en la Agencia Virtual SAT, te enviaremos un correo electrónico. Posteriormente, el SAT procederá a revisar los documentos de sustento que proporcionaste.

Te informaremos acerca del registro de la declaración jurada de impuesto predial u observaciones encontradas de ser el caso; por ello te recomendamos revisar periódicamente tu bandeja de correo.



Liquidación de alcabala

Registro de liquidación de alcabala

¿Dónde puedo visualizar y/o registrar una liquidación de alcabala?

Ir a Inscrpción Vehicular

Al acceder a la Agencia Virtual SAT, selecciona el servicio denominado Liquidación de alcabala, en el cual podrás ingresar una solicitud de liquidación del impuesto de alcabala.



Liquidación de alcabala

¿Qué predios están sujetos a este impuesto?

El impuesto de alcabala grava la transferencia de propiedad de los predios urbanos y predios rústicos ubicados en Lima Metropolitana, tomando como base imponible el valor de transferencia del inmueble.

El plazo para efectuar la liquidación y pago del impuesto es hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la transferencia del predio.



Información de sustento

¿Qué información me solicitarán para ingresar la solicitud de registro de liquidación de alcabala?

Para atender tu solicitud, deberás adjuntar los documentos que sustenten la adquisición o transferencia, así como el valor municipal del predio (autovalúo).

Por ello, es necesario que tengas a la mano:

  • Documento escaneado de forma legible que acredite la transferencia del predio, como la minuta.
  • Hojas PU y HR del predio, emitidas por la municipalidad distrital donde se encuentra ubicado, escaneadas de forma legible.
  • Documento que acredite condición de empresa constructora o habitualidad del vendedor, en caso de primera venta del inmueble.
  • Documento que acredite la existencia física del bien, en caso de bien futuro.
  • Opcionalmente documentos que contengan información complementaria a la trasferencia: cláusula adicional, certificado de jurisdicción.


Transferencia de predios

¿Qué documentos son válidos para sustentar la transferencia del predio?

A través de la Agencia Virtual SAT puedes sustentar la transferencia del predio con los siguientes documentos: minuta, documento que acredite la existencia física del bien (acta de entrega, partida de independización, conformidad de obra), auto judicial y/o documento de adjudicación.

Recuerda que todas las transferencias deben contar con documentos que sustenten la valorización del predio.



Cierre de sesion

¿Si se desconecta la sesión, debo iniciar nuevamente el registro de la solicitud?

Si no culminaste el registro de la solicitud de liquidación de alcabala y se cierra tu sesión por inactividad; puedes ingresar al histórico de liquidaciones, seleccionar la solicitud que se encuentre en proceso y completar el ingreso de información pendiente.



Primera venta

¿Qué documentos son válidos para acreditar primera venta?

Si fue efectuada por una empresa constructora, la base imponible será el valor de terreno. Puedes sustentarlo presentando lo siguiente:

  • Consulta RUC donde figure como actividad económica construcción de edificios completos.
  • Estatuto o constitución, donde se indique como objeto social construcción de edificios.
  • En caso de habitualidad, acreditar por lo menos la venta de dos inmuebles en un período de 12 meses anteriores a la transferencia a liquidar.


Documentos válidos

¿Cómo presento mis documentos de sustento?

Los documentos deberán escanearse de forma legible en formato de documento portátil (PDF) o imagen (JPG o PNG).


El archivo no debe exceder los 5 MB de tamaño.


Datos errados

¿Qué sucede si ingresé un dato errado en mi solicitud de liquidación de alcabala?

Si deseas puedes actualizar la información registrada, siempre y cuando no hayamos iniciado el proceso de verificación; pues a partir de ese momento no podrás editar ningún dato registrado a través de la Agencia Virtual SAT.



Verificación de información

¿En qué consiste la verificación que realiza el SAT?

Una vez culminado el registro de tu solicitud en la Agencia Virtual SAT, te enviaremos un correo electrónico. Posteriormente, el SAT procederá a revisar la información que ingresaste , así como los documentos de sustento adjuntos.


Te informaremos el resultado vía correo electrónico, por ello te recomendamos revisar periódicamente tu bandeja de correo.


Constancia de no obligación al pago del impuesto de alcabala

¿Puedo solicitar mi constancia a través de la Agencia Virtual SAT?

Sí, una vez generada la liquidación de alcabala cuya condición sea Inafecto, podrás solicitar tu constancia accediendo al Histórico de solicitudes, seleccionando la liquidación respectiva y haciendo clic en el botón Constancia de inafectación.



Pago por derecho de tramitación

¿Debo realizar algún pago por derecho de tramitación de esta constancia?

Sí, según el TUPA vigente, el monto a pagar por derecho de tramitación de la constancia de no obligación al pago del impuesto de alcabala es de S/ 1.70, podrás realizar dicho pago al acceder al botón Constancia de inafectación, donde deberás confirmar los datos de la liquidación y seleccionar el tipo de tarjeta para acceder a la pasarela de pagos.

Recuerda que, por este medio, podrás realizar pagos con tarjetas de crédito y débito de operadores como VISA, MasterCard y American Express.



Emisión de constancia

¿Dónde puedo ver mi constancia una vez realizado el pago?

Cuando realices el pago, procederemos a validar la información y te enviaremos la constancia generada vía correo electrónico en un plazo no mayor a un día hábil.



Facilidades de pago

Registro de pedidos de facilidades de pago

¿Dónde puedo solicitar una facilidad de pago?

Ir a Inscrpción Vehicular

Al acceder a la Agencia Virtual SAT, selecciona el servicio denominado Facilidades de pago en el cual podrás ingresar una solicitud de fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias, así como compromisos de pago no tributarios.



Fraccionamiento de deuda

¿Qué deudas puedo fraccionar?

Podrás fraccionar deudas tributarias tales como impuesto predial, arbitrios municipales, impuesto vehicular, multas tributarias y alcabala de predios ubicados en el Cercado de Lima; incluyendo los reajustes e intereses generados, que se encuentren pendientes de pago.

También podrás fraccionar deudas no tributarias como papeletas de infracción de tránsito, actas de control, imputación de cargos y multas administrativas.


Recuerda que solo podrás fraccionar una deuda cuyo vencimiento haya ocurrido como mínimo el año anterior.


Compromiso de pago no tributario

¿Sobre qué deudas puedo solicitar un compromiso de pago?

Podrás solicitar compromisos de pago sobre deudas no tributarias como papeletas de infracción de tránsito, actas de control, imputación de cargos y multas administrativas impuestas en el año en curso.



Información de sustento

¿Qué información me solicitarán para ingresar un pedido de facilidades de pago?

Para atender tu solicitud, deberás proporcionar los siguientes documentos:

  • Formato con el detalle de deuda.
  • Adicionalmente, tienes la opción de proporcionar otros documentos de sustento como carta fianza, garantía hipotecaria, prenda jurídica, entre otros.
  • Para fraccionamiento tributario, un recibo de servicios.

Los documentos deberán escanearse de forma legible en formato de documento portátil (PDF) o imagen (JPG o PNG).


El archivo no debe exceder los 5 MB de tamaño.


Atención de pedidos

¿Cómo atenderán mis pedidos de facilidades de pago?

Una vez culminado el registro de tu pedido en la Agencia Virtual SAT, te enviaremos un correo electrónico. Posteriormente, procederemos a revisar la información que proporcionaste.

Te enviaremos el preliminar con las condiciones de la facilidad de pago solicitada. Una vez manifestada tu conformidad:

  • Para fraccionamiento de deuda, enviaremos la solicitud con el valor de la cuota inicial; una vez cancelada la misma, procederemos a generar la resolución de fraccionamiento la cual contendrá el cronograma de pagos y valor de las siguientes cuotas.
  • Para compromiso de pago, enviaremos el documento correspondiente señalando la cuota inicial y el cronograma de pagos de las siguientes cuotas.


Mesa de partes

Presentación de pedidos de trámite

¿Cómo puedo solicitar el registro de un trámite dirigido a mesa de partes?

Ir a Inscrpción Vehicular

Primero deberás acceder a la Agencia Virtual SAT, luego selecciona el servicio denominado Mesa de partes, en el cual podrás ingresar tu pedido, adjuntando la solicitud, escrito o formulario de trámite dirigido a mesa de partes.

Puedes ingresar pedidos de mesa de partes de tipo "Tránsito y transporte", "Tributario" y "Multas administrativas y otros". Para ello, deberás descargar el formato según el trámite seleccionado y completar los datos solicitados. También puedes encontrar nuestros formatos y sus respectivos instructivos de llenado en la sección de trámites de nuestra página web.



Información de sustento

¿Qué información me solicitarán para proceder a la atención de mi pedido?

Para atender tu pedido, te solicitaremos la información que consigna el formato correspondiente al trámite seleccionado.

Cada trámite que atiende el SAT tiene distintos requisitos, puedes encontrar el detalle en el TUPA (DA 008-2018-MML), a fin de conocer los documentos con los que debes contar para el registro de tu pedido.

Recuerda que los documentos deberán escanearse de forma legible en formato de documento portátil (PDF) o imagen (JPG o PNG).

Asimismo, estos deberán señalar de manera obligatoria tu domicilio procesal y estar debidamente firmados.


El archivo no debe exceder los 5 MB de tamaño.


Constancia de no adeudo

¿Puedo solicitar una o más constancias de no adeudo a través de la Agencia Virtual SAT?

Sí, mediante el servicio Mesa de partes podrás solicitar constancias de no adeudo sobre los conceptos Tributos (impuesto al patrimonio vehicular, impuesto predial, arbitrios, alcabala o multas tributarias), Tránsito y transporte (papeletas, placa o licencia de conducir) y Multas administrativas

¿Cómo se solicita?

Deberás seleccionar el tipo de trámite Constancia de no adeudo , luego adjuntar el formulario del trámite y finalmente seleccionar el concepto. Ten en cuenta que deberás indicar en el formulario el detalle de tu pedido.

¿Debo realizar algún pago por derecho de tramitación de esta constancia?

Sí, según el TUPA vigente, el monto a pagar por derecho de tramitación de la constancia de no adeudo es de S/ 1.80, cada una; podrás realizar dicho pago una vez que hayas seleccionado el concepto y la cantidad de constancias a solicitar (en caso corresponda).

Finalmente, selecciona el tipo de tarjeta con la que realizarás el abono de la constancia, luego te derivaremos a la plataforma del operador (VISA, MasterCard o American Express) para que efectúes el pago.

¿Qué sucede si no puedo realizar el pago inmediatamente?

Podrás retomar el pago a través de la opción “Pedidos pendientes de pago”, para lo cual te derivaremos nuevamente a la plataforma del operador. Ten en cuenta que solo podrás retomar el pago hasta las 16:00 h del segundo día hábil posterior al registro de tu pedido.



Atención de mesa de partes

¿Cuándo registrarán mi trámite?

Una vez que culmines el registro de tu pedido en la Agencia Virtual SAT, te enviaremos un correo electrónico. Posteriormente, procederemos a revisar los documentos proporcionados.

Si el pedido registrado cumple con los requisitos establecidos, te informaremos mediante correo electrónico acerca del registro de tu trámite.



Observaciones a los pedidos

¿Mi pedido puede ser observado?

Si durante la revisión de tu pedido se identifica que no cumple con los requisitos establecidos, efectuaremos las observaciones correspondientes y te las comunicaremos a tu correo electrónico.

¿Puedo subsanar las observaciones?

Sí, las observaciones pueden ser subsanadas una vez que recibas la comunicación del SAT; en ella se indicará la documentación que deberás enviar y el plazo para ello.

Ten en cuenta que para atender las observaciones no será necesario registrar un nuevo pedido.



Consulta de trámites

¿Cómo puedo consultar el estado de mis trámites?

A través de la opción “Consulta de trámite” podrás visualizar el detalle y estado de tus trámites. Además, podrás imprimir el cargo de recepción correspondiente.

Cabe precisar que, desde esta plataforma, solo podrás visualizar los trámites ingresados en el último año. De requerir consultas de años anteriores, deberás solicitarlas en las mesas de parte de las agencias ubicadas en Jr. Camaná 370, Cercado de Lima o en la Av. Argentina Nº 2926, Lima.



Buzón electrónico

Notificación electrónica

¿Quiénes pueden acceder al buzón electrónico en la Agencia Virtual SAT?

Según lo establecido en la Directiva N. ° 001-006-00000034 que establece el procedimiento de notificación por medio de sistemas de comunicación electrónicos en materia tributaria en el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima; los deudores tributarios clasificados como principales contribuyentes - PRICOS deberán acceder a este servicio, para consultar las notificaciones que se depositan en el buzón electrónico que se le asigna de forma obligatoria.



Activación del buzón electrónico

¿Cómo se activa mi buzón electrónico?

Una vez que se habilite tu acceso a la Agencia Virtual SAT, se activará automáticamente el servicio Buzón electrónico para que puedas acceder a las notificaciones de actos administrativos en materia tributaria que emita el SAT.



Acceso al buzón electrónico

¿Cómo accedo a mi buzón electrónico?

Al acceder a la Agencia Virtual SAT, selecciona el servicio denominado Buzón electrónico, el cuál te direccionará a la ventana principal, donde deberás seleccionar la opción Notificaciones ubicada en el menú de la izquierda; a fin de visualizar la bandeja de documentos.



Bandeja de notificaciones

¿Qué acciones puedo realizar en mi bandeja?

Al acceder a la bandeja de documentos, podrás visualizar los actos administrativos y el acuse de recibo electrónico depositados en tu buzón; así como descargarlos, haciendo clic en el botón .

En caso cuentes con más de un código de contribuyente (persona natural y sociedad conyugal), podrás visualizar en tu bandeja los buzones respectivos. Recuerda que los códigos de contribuyente están asociados a tu número de documento de identidad.



Alerta de notificaciones

¿Cómo sabré si tengo una notificación pendiente en mi buzón?

El SAT depositará en tu buzón electrónico el acto administrativo emitido. A su vez, enviaremos una alerta a tu correo electrónico, informándote que tienes una notificación en dicho buzón, por ello te recomendamos revisar periódicamente tu bandeja de correo.



Consultas

Mediante este servicio podrás consultar tu deuda pendiente y visualizar tus cartillas tributarios (cuponeras) notificadas.

Consulta de deuda pendiente

¿Cómo puedo saber si cuento con deudas?

Al acceder al servicio visualizarás la opción “Consulta de deuda pendiente” en caso cuentes con deuda por tributos, tránsito, transporte y/o multas administrativas.

¿Cómo visualizo mi deuda pendiente?

Te mostraremos el resumen de tu deuda, el cual indicará los importes y el estado de la cobranza (deuda pendiente, con cobranza coactiva o medida cautelar). Además, podrás visualizar el detalle de las deudas, desplegando la sección respectiva.

La información mostrada está asociada al tipo y número de documento de identidad del usuario que inició la sesión; en caso cuentes con más de un código de contribuyente (persona natural o sociedad conyugal), se mostrará el resumen de forma diferenciada.

¿Puedo imprimir el detalle de mis deudas?

Sí, durante la visualización del detalle de las deudas ubica el botón “Imprimir”.



Consulta de declaraciones juradas tributarias

¿Cómo puedo visualizar mis declaraciones juradas?

Mediante la opción “Declaraciones juradas tributarias” podrás visualizar tus declaraciones juradas del impuesto predial y del impuesto al patrimonio vehicular, así como los demás documentos que se incluyen en tus cartillas tributarias. Ten en cuenta que solo podrás visualizar el contenido de la cartilla del año en curso, siempre que cuentes con afectación tributaria y que esta haya sido notificada.

¿Necesito algún código de acceso o contraseña adicional?

Para visualizar tus declaraciones juradas tributarias no necesitas ingresar ninguna credencial adicional. Mediante tu inicio de sesión en la Agencia Virtual SAT validaremos tu identidad y te redireccionaremos a la página respectiva para la visualización. En esta página podrás visualizar e imprimir las declaraciones juradas tributarias asociadas a tu documento de identidad, incluso si cuentas con más de un código de contribuyente.



Reserva de Citas

Citas

¿Para qué tipo de gestiones puedo reservar una cita?

Durante la atención de tu cita podrás presentar declaraciones juradas, liquidaciones de alcabala, solicitar facilidades de pago, presentar trámites (mesa de partes), entre otras gestiones.

¿Las citas serán atendidas en una agencia específica?

Podrás reservar tu cita en la agencia SAT de tu elección, dentro del horario de atención. Las citas disponibles se mostrarán según agencia y turno (mañana o tarde)

Finalidad de las reservar de citas

Con la finalidad de atender a la mayor cantidad de administrados, solo podrás reservar 2 citas para una misma fecha.

Adicionalmente, podrás reprogramar tu cita hasta un día antes de la misma.



Atención

¿Puede otra persona ser atendida con mi reserva de cita?

Las citas son personales e intransferibles; sin embargo, puedes reservar una cita para que efectúes (como representante) la gestión a nombre de otra persona, para lo cual deberás acreditar tu representación; carta poder simple o legalizada según sea el caso.



Contacto

La Agencia Virtual SAT es la nueva plataforma web que te permitirá realizar tus operaciones y consultas desde cualquier dispositivo con acceso a internet durante las 24 horas.