PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

N.º 245-005-00000004

 

BIENES MUEBLES CALIFICADOS COMO RAEE PARA DISPOSICIÓN EN DONACIÓN

 

A.      OBJETO:

El Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, en aplicación a lo dispuesto en el Artículo 25° del Decreto Supremo N.º 009-2019-MINAM; y, del numeral 7.2.1 de la Directiva N.º 001-2020-EF/54.01 “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE” aprobada mediante Resolución Directoral N.º 0008-2020-EF/54.01 y su modificatoria aprobada con Resolución Directoral N.º 0008-2021-EF/54.01, cumple con publicar en la página web de la entidad la Resolución de Oficina General de Administración N.° 245-005-00000004 y su respectivo Anexo I, mediante el cual se aprobó la baja de doscientos catorce (214) bienes muebles patrimoniales por la causal de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE, que serán materia de disposición por donación.

 

B.      DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD:

Dirección                     :               Jirón Camaná N° 370 – Lima

Contacto                      :               Francisco Mechato Nuñez

Consultas                     :               fmechato@sat.gob.pe y apoyo1936@sat.gob.pe

Teléfono                       :               3152430 - Anexo 1917

 

C.      PUBLICACIÓN DE LOS BIENES MUEBLES CALIFICADOS COMO RAEE:

Vigencia de la publicación: A partir de la publicación del presente hasta la culminación de los diez (10) días hábiles contados desde la publicación por parte de la Dirección General de Abastecimiento - MEF en su portal institucional:

https://www.mef.gob.pe/es/?option=com_content&view=article&id=6733&Itemid=102627

 

D.      ALCANCE:

El presente comunicado está dirigido exclusivamente a los Sistemas de Manejo RAEE individual o colectivo, que cuenten con un Plan de Manejo de RAEE aprobado o actualizado por el MINAM.

 

Si su interés en ser beneficiario de la donación de los bienes muebles indicados en la presente publicación debe ser manifestada por escrito al Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT.

 

Si su interés es ser beneficiario de la donación de los bienes muebles patrimoniales indicados en la presente publicación, debe manifestarlo por escrito al Servicio de Administración tributaria, de manera presencial mediante la mesa de partes ubicada en jr. Camaná N.º 370, de lunes a viernes en el horario de 8:15 a. m. a 4 p. m.; o a través de la mesa de partes virtual al correo mesadepartes@sat.gob.pe, adjuntando la documentación y requisitos exigidos en el numeral 7.2.5 de la Directiva N.º 001-2020-EF/54.01, y su modificatoria, la cual estipula que la solicitud de donación se dirige a la entidad propietaria de los bienes calificados como RAEE.

 

Cabe señalar que, en el portal institucional del MEF según lo establecido en el numeral 7.2.2 de la Directiva N.º 001-2020-EF/54.01 y su modificatoria, se publicará el cronograma para la presentación de las solicitudes de donación que será establecida por la Dirección General de Abastecimiento – DGA del MEF.

1. R.G.A. N 245-005-00000004 Y ANEXO 1

Fecha: 4/7/2025