Ante la prórroga del estado de emergencia nacional el SAT brinda facilidades a ciudadanos
COMUNICADO
Estimado ciudadano:
En cumplimiento de la prórroga del estado de emergencia nacional establecida por el Gobierno mediante el decreto supremo N°075-2020-PCM, así como su Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) brindará las siguientes facilidades:
- Se suspende el inicio y tramitación de todo procedimiento administrativo sancionador, incluyendo los que correspondan por infracciones a los reglamentos de tránsito y transporte.
- Se suspende el inicio y tramitación de todo procedimiento de ejecución coactiva. No se ordenarán ni ejecutarán medidas cautelares (embargos).
- Se suspenden los plazos para la tramitación de procedimientos administrativos, entre ellos los de presentación de solicitudes, descargos, recursos y medios probatorios, así como para la subsanación de requisitos de admisibilidad y procedencia.
- Las cuotas de los fraccionamientos serán reprogramadas automáticamente, postergándose cada una de ellas durante dos meses, respecto de las fechas fijadas inicialmente.
- Las cuotas de los compromisos de pago serán reprogramadas automáticamente, postergándose cada una de ellas durante dos meses, respecto de las fechas fijadas inicialmente.
- Los descuentos para el pago de multas se mantienen vigentes: el cómputo del plazo queda suspendido hasta que se declare el levantamiento del estado de emergencia nacional.
- No se impondrá multa tributaria por no presentar declaración jurada cuyo plazo venza durante el periodo de emergencia nacional.
- Para mayor información, nuestra línea de atención WhatSAT (999 431 111) y el fan page en Facebook SAT de Lima están a su disposición.
- El SAT invoca a los ciudadanos a cumplir con las disposiciones de prevención dictadas por el Gobierno y las medidas de higiene recomendadas, y les recuerda que deben permanecer en casa.
Actualizado al: 30/04/2020