TABLA DE INFRACCIONES

INFRACCIONES AL PEATÓN

Decreto Supremo N° 016-2009-MTC.Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito y modificatorias.

FaltaInfracciónCalificaciónMonto S/Con descuento hasta 7 días (*)SanciónMedida Preventiva
A01 Cruzar la calzada sin respetar las normas de tránsito o hacerlo de manera intempestiva o temerariamente encontrándose en estado de ebriedad superior a 0,50 grs/lt o bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos, comprobado con el examen respectivo o por negarse al mismo.Muy Grave154.5026.27MultaInterrupción del viaje
A02 Cruzar de manera intempestiva o temerariamente la calzada, sin respetar las normas tránsito.Muy Grave103.0017.51MultaInterrupción del viaje
A03 Cruzar la calzada sin utilizar los puentes peatonales o cruces subterráneos, en vías de trásito rápido y/o de acceso restringido.Muy Grave103.0017.51MultaInterrupción del viaje
A04 Transitar por las calzadas, excepto para cruzarlas o evitar un obstáculo.Muy Grave103.0017.51MultaInterrupción del viaje
A05 No respetar las señales que rigen el tránsito o desobeder las indicaciones del efectivo de la Policia Nacional del Perú asignado al control del tránsito.Muy Grave103.0017.51MultaInterrupción del viaje
A06 Cruzar la calzada por delante de un vehículo detenido, por cualquier causa, cuando no le asiste derecho de paso.Muy Grave103.0017.51MultaInterrupción del viaje
A07 No respetar el derecho de preferencia de los vehículos de emergencia o vehículos oficiales que se anuncien con sus señales audibles y visibles.Muy Grave103.0017.51MultaInterrupción del viaje
A08 Alterar, mutilar, remover o suprimir las señales de tránsito.Muy Grave103.0017.51MultaInterrupción del viaje
B01 Bajar o ingresar repentinamente a la calzada, para intentar detener un vehículo.Grave38.636.57MultaInterrupción del viaje
B02 Subir o bajar de los vehículos en movimiento.Grave38.636.57MultaInterrupción del viaje
B03 Utilizar las señales de tránsito con fines publicitarios u otros, a excepción de la publicidad que se emplee en las señales turísticas en la forma establecida en el Manual de Dispositivos de Control de Trámsito para Calles y Carreteras.Grave38.636.57MultaInterrupción del viaje
B04 Arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía pública que dificulten la circulación o constituyan peligro para los usuarios.Grave38.636.57MultaInterrupción del viaje
C01 Transitar cerca al sardinel o al borde de la calzada. Leve25.754.38MultaInterrupción del viaje
C02 Sujetarse de algún elemento externo de la carrocería de un vehículo que está circulando.Leve25.754.38MultaInterrupción del viaje
C03 Subir o bajar el pasajero de los vehículos por el lado izquierdo, salvo que: De acuerdo al Reglamento Nacional de Vehículos, la estructura vehicular no cuente con puerta a la derecha; o se encuentre autorizado por la autoridad competente.Leve25.754.38MultaInterrupción del viaje

* Se considera días hábiles contados a partir del día siguiente de su imposición o notificación de la infracción. Durante el periodo comprendido entre el octavo día hábil hasta el último día hábil previo a la notificación de la Resolución de Sanción, el descuento será del 67 % sobre el importe de la multa prevista para la infracción cometida. Luego de la citada notificación, el importe será el 100% de la multa.

Para mayor información de la base legal y sus modificatorias, puede ingresar a la sección de legislación de nuestra página web SAT:

Legislación - Infracciones de Tránsito y Transporte

Fuente: Gerencia de Gestión de Cobranza