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Preguntas frecuentes

1. ¿El reclamo presentado a través del Libro de Reclamaciones tiene algún costo?

No, la tramitación de reclamos es totalmente gratuita.

2. ¿Cuál es el horario de atención para presentar mi reclamo?

Te recordamos que los reclamos se registran de manera virtual a través del Libro de Reclamaciones digital del SAT, en funcionamiento durante todo el año, las 24 horas del día


Para una mayor asesoría o apoyo para tu registro de reclamo puedes contactarnos al teléfono: 315-2400, Whatsapp o acercarte a cualquier agencia SAT, en el horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

3. ¿Los reclamos presentados a través del Libro de Reclamaciones suspenden la cobranza coactiva de una deuda?

No. Para tal efecto deberá presentar los trámites establecidos en Ley, ya que el reclamo presentado en el Libro de Reclamaciones no tiene el carácter de procedimiento administrativo.

4. ¿Cuál es el plazo con el que cuenta la Oficina de Integridad y Cumplimiento para atender los reclamos?

La atención de los reclamos se efectúa dentro de los veinte (20) días hábiles, como máximo, siguientes a su presentación; excepto los trámites cuya atención dependa de entidades externas al SAT.

5. ¿Puedo presentar un reclamo si no responden dentro del plazo algún recurso o trámite presentado en el SAT?

Sí, cuando se vence el plazo legal para que la Administración emita pronunciamiento, puedes registrar un reclamo a fin de que la Oficina de Integridad y Cumplimiento coordine su pronta atención.

6. ¿Puedo cuestionar a través del Libro de Reclamaciones la legalidad de una norma?

No, el Libro de Reclamaciones no representa el medio competente para atender reclamos contra cuestionamiento de normas legales.





Última actualización: 29 de agosto, 2025

Fuente: Oficina de Integridad y Cumplimiento